Visto que homologar el escape es uno de los caballos de batalla en nuestro Civic, me he puesto a mirar la normativa que hay que cumplir para homologar el escape y os cuento que no es necesario un Proyecto Técnico (ve la ficha 2.6 que adjunto al final)
-
Guardad cualquier papel que venga con el escape, porque hará falta, y conservad el escape original, porque no veo muy claro que se pueda homologar cualquier escape.
-
Certificado de conformidad de todas las piezas del escape (donde viene el marcado CE)
-
Certificado de instalación del taller que os lo monte.
-
La factura del taller (por si la solicitan en la ITV).
Los parámetros que hay que verificar tras el cambio del escape son los siguientes:
- Nivel Sonoro Admisible: El nivel máximo permitido por la Directiva 70-157_CEE es de 74 dB (A) se mide con el vehículo parado y también en movimiento.
- Marcado: Salvo los tubos y soportes, el resto de piezas (Silencioso delantero, central, trasero, catalizador…) deben tener marcado.
No se considerará reforma la sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 96/20/CE o la sustitución de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 98/77/CE.
- Modelo oficial de Certificado de Taller:
Certificado de Taller según RD-866_2010.pdf (46,3 KB)
Os dejo la Ficha 2.6 que la que hay que cumplimentar para la modificación de los escapes de cara a la ITV (El Civic es un vehículo categoría M1):
Después de todo esto, creo que no está de más consultar con el ingeniero (o técnico) de la ITV donde estéis pensando pasar la revisión, o de otra cualquiera, sobre la homologación del escape concreto que va a montar cada uno, ya que son los que van a dar el visto bueno final y, si ellos dicen que no se puede, será complicado que en otra estación de ITV nos diga lo contrario (aunque no imposible).
Tened en cuenta que si vais a una ITV a pasar la inspección, y os piden documentación adicional, no podéis ir a otra ITV diferente a ver si la pasáis (Manual de Reformas de Vehículos Revisión sexta edición, mayo 2020).